martes, 3 de mayo de 2016

Entrega 12. ''LA ORGANIZACIÓN NACIONAL DE TRANSPLANTES''

A. Busca información relevante sobre la ONT:

La Organización Nacional de Trasplantes (O. N. T) es un organismo coordinador de carácter técnico, perteneciente al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, encargado de desarrollar las funciones relacionadas con la obtención y utilización clínica de órganos, tejidos y células. Su estructura se basa en una organización reticular a tres niveles: Coordinación Nacional, Coordinación Autonómica y Coordinación Hospitalaria. La ONT actúa como agencia de servicios para el conjunto del Sistema Nacional de Salud, promoviendo el incremento continuado de la disponibilidad de órganos, tejidos y células para el trasplante. Garantiza la más apropiada y correcta distribución de acuerdo al grado de conocimientos técnicos y a los principios éticos de equidad que deben presidir la actividad trasplantadora. Su principal objetivo es por tanto la promoción de la donación altruista con el único fin de que el ciudadano español que necesite un trasplante tenga las mayores y mejores posibilidades de conseguirlo.

B. ¿Qué aspectos importantes contempla la Ley de transplantes?:

La donación y los trasplantes en España durante los años sesenta y setenta careció de regulación legal. Semejante hecho impedía un desarrollo integrado de estas terapéuticas, por ejemplo al dejar la donación ligada a unos protocolos científicos que podían ser aceptados o no por los jueces. El acentuado interés por ordenar el asunto que demostraran tanto los profesionales como los enfermos renales, acabó convertido en promulgación de la Ley 30/1979 y el Real Decreto 426/1980 que desarrollaba la ley de trasplantes.
Dicha ley, que aunque renovada conserva todavía el núcleo de su espíritu hoy vigente, contempla como puntos fundamentales:
1.-El establecimiento de la llamada muerte encefálica como equivalente científico legal y ético de la muerte 'clásica' del individuo. 
2.-El respeto a la voluntad del fallecido en cuanto a donar o no sus órganos.
3.-La necesidad de que el diagnóstico de muerte se haga por un equipo de médicos independiente del de trasplante.
4.-El carácter altruista de la donación y la no comercialización de los órganos.
5.-La garantía de anonimato del donante
6.-La aplicación de criterios médicos para la distribución de los órganos disponibles entre los enfermos en espera de los mismos.

C. ¿Recomendarías la donación o la información acerca de la misma? Algumenta por qué:

Personalmente quizás no recomendaría la donación sin antes haber obtenido la información suficiente de ella. Una vez que ya se obtienen todos los requisitos, podríamos llegar a tener empatía y ponernos en diversas situaciones. Como por ejemplo, podemos pensar en si a alguien de nuestro entorno necesitase un dicho órgano, o si nosotros mismos lo necesitásemos. Por eso hay que ser completamente altruista en estos casos. 

D. Indica que hay que hacer si una persona quiere hacerse donante: 

Solicitando previamente una tarjeta de donante;

La tarjeta de donante es un documento que testimonia nuestro deseo de ser donante de órganos tras el fallecimiento. Sin embargo  la tarjeta no tiene valor legal. Es preciso comunicar a nuestros familiares el deseo de ser donantes, para que autoricen la extracción de órganos tras el fallecimiento. Existen varios modelos de tarjetas de donantes emitidas por diferentes organismos o asociaciones de enfermos. Todas ellas tienen el mismo valor testimonial, de expresar nuestro deseo de ser donantes de órganos en el momento de fallecer.
Se podría solicitar en: http://www.ont.es/informacion/Paginas/%C2%BFC%C3%B3mosolicitolatarjetadedonante.aspx

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